COOPSAR: la Sindicatura reiteró la intimación al tesorero por la falta de documentación sobre contrataciones y gastos
La Sindicatura de COOPSAR reiteró la intimación al tesorero para que presente documentación y explicaciones sobre contrataciones millonarias, autorizaciones de pago, compras sin órdenes formales, reparaciones de vehículos, adquisición de indumentaria, viáticos y gastos de representación. También exigió información sobre presuntos pagos duplicados, daños a equipamiento y aumentos de las tarifas eléctricas. A casi un mes de que la denuncia tomara estado público y de que el órgano de fiscalización recibiera los antecedentes, el nuevo plazo de 48 horas otorgado a la Tesorería venció el jueves al mediodía. La reiteración del requerimiento responde a la falta de documentación suficiente para completar la revisión y elaborar el informe que deberá acompañar el balance general ante la Asamblea de Asociados.
La investigación interna por presuntas irregularidades en la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento (COOPSAR), en la provincia de Chubut, derivó en una nueva intimación de la Sindicatura al tesorero, ingeniero Ariel Ramírez, para que presente documentación respaldatoria y explicaciones sobre contrataciones, compras y gastos administrativos. El requerimiento fue reiterado durante esta semana, después de una primera solicitud formulada a mediados de octubre, sin que hasta ese momento se hubieran completado los antecedentes reclamados por el órgano de fiscalización.
La Sindicatura había formulado un primer requerimiento el 13 de octubre, otorgando 72 horas para presentar los antecedentes solicitados. Ante la falta de documentación suficiente, reiteró la intimación el martes 20, esta vez con un plazo de 48 horas que venció el jueves al mediodía. La Tesorería habría argumentado que el volumen de información requerida era excesivo, mientras que el órgano de fiscalización insistió en la necesidad de contar con los respaldos para completar su revisión.
La situación se remonta al 23 de septiembre, cuando la consejera titular Yessica de Lourdes Uribe Gallardo presentó ante el Consejo de Administración una denuncia por presuntos sobreprecios y contrataciones direccionadas. Al día siguiente, entregó los antecedentes a la síndica Nora Campos Mazquiarán para su evaluación. Entre los principales cuestionamientos figuraban más de $109 millones destinados a reparaciones de vehículos concentradas en un mismo taller, diferencias millonarias entre presupuestos y compras cuya autorización y respaldo administrativo fueron puestos en discusión.
La denuncia tomó estado público a fines de septiembre y posteriormente fue ampliada mediante un comunicado acompañado por otros dos consejeros. En aquella presentación también se cuestionó que la conducción no aceptara apartar preventivamente de sus funciones a los integrantes señalados mientras se investigaban las operaciones. Desde la Presidencia se había planteado la necesidad de esperar el informe de la Sindicatura antes de adoptar una decisión.
Este viernes se cumplieron 29 días desde que la Sindicatura recibió los antecedentes y diez desde el primer requerimiento formal dirigido a la Tesorería. Durante ese período, el conflicto también estuvo acompañado por un descargo público del tesorero, quien defendió las contrataciones y cuestionó la gestión de su antecesora.
Del descargo público a una nueva intimación por documentación pendiente
En medio de los cuestionamientos, Ramírez publicó un extenso descargo en el que defendió su gestión y justificó las contrataciones realizadas. Explicó que las reparaciones comprendieron 18 vehículos durante siete meses y que la elección reiterada de un mismo taller respondía a la disponibilidad del servicio, la atención de urgencias, la emisión de facturas y las garantías ofrecidas por el prestador.
En aquella publicación aseguró que “los respectivos pagos de las facturas siempre han sido controlados por el contador que se desempeña como asesor contable y por la sindicatura”. También sostuvo que las tareas estaban registradas en hojas de ruta del taller y que los trabajos habían sido constatados cuando los vehículos regresaban a la cooperativa.
Sin embargo, las actuaciones internas continuaron después de aquellas explicaciones. La Sindicatura habría requerido copias de las autorizaciones de pago emitidas por el Consejo de Administración desde que Ramírez asumió la Tesorería, los estados mensuales correspondientes a toda su gestión y antecedentes relacionados con la selección de proveedores, entre otros comprobantes.
La diferencia entre ambas instancias resulta concreta. Mientras Ramírez sostuvo públicamente que los pagos habían sido controlados por el asesor contable y la propia Sindicatura, esta última continuó reclamando información para examinar las operaciones. Incluso después de una primera contestación formal de la Tesorería, el órgano de fiscalización habría considerado que no se habían proporcionado las explicaciones documentadas requeridas, motivo por el cual reiteró el emplazamiento.
El nuevo pedido no se limitaría a las reparaciones que originaron los primeros cuestionamientos. Su alcance comprendería operaciones realizadas durante distintos períodos de la administración, algunas de ellas anteriores a las denuncias de septiembre.
Autorizaciones de pago, compras sin órdenes y viáticos del Consejo
Uno de los requerimientos de mayor alcance estaría relacionado con las autorizaciones de pago emitidas por el Consejo de Administración desde que Ramírez asumió la Tesorería, además de los estados mensuales correspondientes a toda su gestión. La revisión permitiría establecer qué operaciones fueron aprobadas por el cuerpo, cuáles se realizaron mediante autorizaciones administrativas y cómo quedaron registrados los movimientos económicos.
Los pedidos también comprenderían compras realizadas sin órdenes formales en las áreas de Telecomunicaciones, Energía y Sepelio, además de adquisiciones de repuestos automotores y antecedentes sobre la selección de proveedores. Entre los elementos requeridos figurarían comunicaciones utilizadas para consultar precios y determinar las condiciones de determinadas contrataciones.
Otro aspecto alcanza a los gastos de representación, viajes y viáticos de integrantes del Consejo de Administración y de la Sindicatura, correspondientes al período iniciado en julio de 2025. Se habría solicitado información mensual sobre los importes abonados, destinos, alojamiento, pasajes, combustible y demás gastos vinculados con esos desplazamientos.
La revisión también incluiría contrataciones de trabajos de pintura en instalaciones de ADECOOP, con pedidos de antecedentes sobre los servicios realizados y sus correspondientes pagos. Se sumarían consultas sobre compras de elementos de seguridad para los operarios, sus proveedores, presupuestos y condiciones de recepción.
Estos requerimientos amplían el alcance de la fiscalización hacia operaciones administrativas que no habían ocupado el centro de las denuncias difundidas inicialmente.
Indumentaria, pagos duplicados y reparaciones que requieren explicaciones
La adquisición de indumentaria también habría motivado pedidos de explicaciones sobre la selección de una proveedora de Rawson, las autorizaciones del pago anticipado y las gestiones destinadas a recuperar los fondos y devolver las prendas.
La operación ya había sido cuestionada por Uribe, quien denunció compras por más de $10 millones y objetó la calidad y el destino de la mercadería. Ahora, la revisión buscaría establecer cómo se realizó la contratación, qué importes fueron abonados y cuáles fueron las medidas adoptadas posteriormente respecto de los productos adquiridos.
Otro de los puntos estaría relacionado con un presunto doble pago por trabajos mecánicos realizados sobre el Ford Falcon que pertenecía al sector Sepelio. La Sindicatura habría requerido conocer qué gestiones se efectuaron para recuperar el dinero que se habría abonado sin corresponder y si existió algún reintegro.
También se habrían solicitado explicaciones sobre los daños ocasionados a un transformador durante trabajos realizados en el edificio de la Usina, incluyendo los costos de reparación y las eventuales responsabilidades por el incidente.
La revisión alcanzaría igualmente a un brazo hidráulico cuya recuperación había sido destacada públicamente por Ramírez. En su descargo, el tesorero había señalado que el equipo permanecía en reparación en Comodoro Rivadavia y que había logrado recuperarlo durante su gestión.
Sobre ese antecedente, la Sindicatura habría solicitado conocer el costo de reparación, si el equipo obtuvo la certificación necesaria para volver a utilizarse y si efectivamente fue puesto en servicio por el personal de COOPSAR. El pedido incorpora aspectos económicos y de seguridad relacionados con equipamiento utilizado en las tareas operativas.
Los aumentos de tarifas eléctricas también forman parte de la revisión
Otro de los requerimientos estaría relacionado con los incrementos aplicados a las tarifas eléctricas desde mediados de 2025. La Sindicatura habría solicitado antecedentes sobre las resoluciones adoptadas por el Consejo de Administración y la Presidencia, los cálculos utilizados para determinar los aumentos y la evolución de los valores de la energía facturada por CAMMESA.
Este aspecto incorpora a la revisión las decisiones económicas vinculadas directamente con la facturación a los usuarios, además de los gastos operativos y las contrataciones de proveedores.
La información requerida permitiría reconstruir qué criterios se utilizaron para establecer los incrementos tarifarios y qué relación tuvieron con los costos del suministro eléctrico mayorista.
Las obligaciones del Consejo y de la Tesorería según el Estatuto
El Estatuto Social de COOPSAR establece en su artículo 56, inciso G, que corresponde al Consejo de Administración considerar y resolver sobre los documentos que impliquen obligaciones de pago y contratos para la cooperativa. El artículo 63 dispone que el tesorero debe efectuar los pagos autorizados por ese órgano y presentar estados mensuales de Tesorería.
Estas disposiciones adquieren relevancia frente a los pedidos de información formulados por la Sindicatura, particularmente respecto de las autorizaciones de pago y los registros mensuales de la administración económica.
La revisión permitiría establecer qué operaciones fueron tratadas por el Consejo, cuáles contaban con respaldo administrativo y cómo quedaron registradas las decisiones adoptadas. El estatuto no establece expresamente una modalidad obligatoria de licitación o concurso de precios para todas las contrataciones, pero sí determina las competencias de los órganos responsables de administrar y fiscalizar los recursos.
Los artículos 66 y 67 también regulan las funciones de la Sindicatura, entre ellas examinar libros y documentación, verificar la administración y dejar constancia de las observaciones realizadas. El órgano de fiscalización cuenta con atribuciones para requerir antecedentes y formular observaciones sobre las operaciones que considere necesario revisar.
A casi un mes de la denuncia, el informe de la Sindicatura continúa pendiente
La reiteración del requerimiento se produjo después de varias semanas de actuaciones internas. La documentación inicial fue presentada ante la Sindicatura el 24 de septiembre, mientras que el primer pedido formal de información al tesorero se realizó el 13 de octubre, con un plazo de 72 horas. Una semana después se emitió una nueva intimación, esta vez por 48 horas, cuyo vencimiento se produjo el jueves 22 al mediodía.
La falta de información suficiente estaría demorando la elaboración del informe previsto en el artículo 66, inciso F, del Estatuto Social, que debe acompañar la documentación contable sometida a consideración de la Asamblea de Asociados. Para cumplir esa función, la Sindicatura necesita examinar los antecedentes administrativos y económicos correspondientes al ejercicio, incluyendo las operaciones que fueron objeto de observaciones.
La situación también alcanza al Consejo de Administración. Las denuncias por presuntos sobreprecios fueron presentadas dentro de la propia cooperativa y la conducción decidió esperar el resultado de la fiscalización antes de adoptar medidas respecto de los consejeros señalados. Sin embargo, casi un mes después, la elaboración de ese informe continuaría condicionada por la información pendiente de la Tesorería.
El plazo de la segunda intimación venció el jueves al mediodía. La Sindicatura había contemplado que, si el tiempo resultaba insuficiente, se entregaran los antecedentes ya reunidos y se informara cuánto plazo adicional sería necesario para completar la presentación. La documentación requerida comprende operaciones realizadas durante distintos períodos de la administración, desde contrataciones y compras hasta viáticos y tarifas eléctricas, cuyos resultados deberán formar parte de la evaluación institucional previa al tratamiento del balance por los asociados.
