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Sarmiento, en rojo por falta de transparencia: apenas 20 puntos sobre 100 y siete indicadores sin información pública

La Municipalidad de Sarmiento obtuvo una de las calificaciones más bajas de la escala utilizada por Municipios Argentinos: siete de los diez indicadores evaluados quedaron en rojo. El relevamiento no encontró ejecución presupuestaria, información sobre personal y salarios, declaraciones juradas, adjudicaciones, cantidad de empleados, datos abiertos ni un canal de acceso a la información. El presupuesto y las contrataciones presentan información parcial; solamente el Boletín Oficial recibió una calificación positiva. Las deficiencias contrastan con las obligaciones de la Carta Orgánica Municipal y adquieren especial relevancia tras las reiteradas transferencias de fondos entre cuentas para pagar salarios y a pocas semanas de la presentación del presupuesto 2027.

La Municipalidad de Sarmiento, encabezada por el intendente Sebastián Balochi, obtuvo apenas 20 puntos sobre 100 en el relevamiento de transparencia elaborado por la plataforma independiente Municipios Argentinos. La evaluación examinó diez aspectos relacionados con la publicación de información pública y ubicó a la administración municipal en la categoría roja, con siete indicadores sin documentación localizada, dos con cumplimiento parcial y solamente uno con resultado positivo.

La calificación refleja las dificultades que enfrentan los vecinos para acceder a información sobre el funcionamiento administrativo y financiero del Municipio. Según la evaluación, no se encontraron publicaciones de ejecución presupuestaria, planta de personal y remuneraciones, declaraciones juradas de funcionarios, adjudicaciones ni cantidad de empleados municipales. Tampoco fueron identificados un canal específico para solicitar información pública ni un sistema de datos abiertos que permita consultar y procesar documentación oficial.

El relevamiento asignó cumplimiento parcial a la publicación del presupuesto vigente y a la información sobre compras y contrataciones. El Boletín Oficial fue el único indicador que recibió una calificación positiva completa. La plataforma aplicó además una penalización automática por la falta de publicación de la ejecución presupuestaria, documentación necesaria para conocer cómo se utilizan efectivamente los recursos municipales durante el año.

La Carta Orgánica obliga a publicar mensualmente las cuentas municipales

Las deficiencias señaladas adquieren mayor relevancia frente a las obligaciones establecidas en la Carta Orgánica Municipal. Su artículo 64 dispone que el presupuesto aprobado debe publicarse inmediatamente después de su promulgación, tanto en el Boletín Oficial como en la página web institucional, con información general y detallada sobre los ingresos y gastos previstos.

La misma disposición exige publicar la ejecución presupuestaria mensual y las altas y bajas de personal dentro de un plazo máximo de 30 días. La obligación permite que los habitantes conozcan cuánto dinero ingresó efectivamente al Municipio, qué gastos se realizaron y cómo evolucionó la estructura de personal durante el ejercicio. La ausencia de esa documentación en los canales examinados constituye uno de los principales cuestionamientos del relevamiento.

El artículo 23 de la Carta Orgánica reconoce el derecho de los habitantes a solicitar y recibir información pública completa, veraz, adecuada y oportuna. El artículo 11 establece que los actos administrativos son públicos y considera falta grave que un funcionario entorpezca su publicidad. La normativa municipal contempla, por lo tanto, obligaciones específicas de difusión y acceso a la información que alcanzan a los distintos organismos de la administración.

La publicación del Boletín Oficial permite consultar ordenanzas, resoluciones y decisiones administrativas, pero no reemplaza los informes periódicos de ejecución presupuestaria. Para conocer el movimiento real de los recursos públicos se necesitan estados que permitan comparar los ingresos percibidos, los gastos realizados, las obligaciones pendientes y la disponibilidad financiera.

Qué es Municipios Argentinos y cómo mide la transparencia

Municipios Argentinos es una plataforma digital independiente que reúne y organiza información sobre gobiernos locales del país. El proyecto se presenta como una iniciativa de periodismo de datos orientada a facilitar el acceso ciudadano a información municipal y permitir comparaciones entre administraciones a partir de documentación pública.

La plataforma declara una cobertura de 2.280 gobiernos locales, entre municipios, comunas y comisiones de fomento. Su metodología utiliza información procedente de organismos oficiales, estadísticas públicas, presupuestos, boletines, tribunales de cuentas y sitios institucionales, además de verificaciones sobre la documentación disponible para los ciudadanos.

El apartado de transparencia examina diez indicadores y distingue entre información disponible, parcialmente disponible y no encontrada. Los resultados se expresan mediante una puntuación de cero a cien y un sistema de colores que permite identificar las deficiencias registradas en cada administración.

En Sarmiento, la evaluación asignó 20 puntos sobre 100 y aplicó una penalización automática por la falta de ejecución presupuestaria. El resultado corresponde a la información pública que la plataforma pudo localizar durante su revisión y no constituye una auditoría contable ni una resolución del Tribunal de Cuentas. La ausencia de documentación en los canales examinados tampoco permite afirmar, por sí sola, que esos registros no existan dentro de la administración municipal.

Tres autorizaciones para utilizar fondos de otras cuentas durante 2026

La falta de publicación de la ejecución presupuestaria mensual adquiere particular relevancia por las decisiones financieras que adoptó el Ejecutivo de Sarmiento durante 2026. En tres oportunidades, la administración municipal autorizó utilizar recursos provenientes de otras cuentas para completar el pago de salarios, mediante resoluciones que reconocieron insuficiencia de fondos disponibles en la cuenta destinada a haberes.

El 4 de marzo, mediante la Resolución Nº 057/26, el Ejecutivo autorizó transferencias transitorias desde otras cuentas municipales para afrontar los salarios correspondientes a febrero. A fines de ese mismo mes, la Resolución Nº 096/26 extendió el mecanismo para cubrir los haberes de marzo, nuevamente ante la insuficiencia de recursos en la cuenta salarial.

La tercera autorización se produjo el 2 de octubre, mediante la Resolución Nº 833/26. En esa oportunidad, el Ejecutivo identificó expresamente recursos del Bono Compensación hidrocarburífero, correspondientes a la cuenta 200605/14 y al artículo 73, inciso a, de la Ley XVII Nº 102, para completar el pago de remuneraciones municipales.

Las tres medidas fueron presentadas como operaciones transitorias, con obligación de restitución posterior. Sin embargo, las resoluciones publicadas no precisaron los montos efectivamente movilizados ni establecieron fechas concretas de devolución, información necesaria para conocer el alcance financiero de las operaciones.

El Concejo Deliberante intervino mediante la Resolución Nº 031/26, que aprobó por unanimidad un pedido de informes impulsado por la concejala Ana Reyes. El requerimiento solicitó al Ejecutivo los fundamentos legales de la utilización de recursos hidrocarburíferos, la identificación de las cuentas involucradas, los montos y fechas de las transferencias y el cronograma previsto para su restitución.

La publicación de los informes mensuales de ejecución presupuestaria permitiría contrastar esas decisiones con los movimientos efectivos de las cuentas municipales. También facilitaría conocer si los fondos fueron reintegrados, qué recursos permanecen comprometidos y cuál es la situación financiera real de la administración después de las transferencias autorizadas.

Personal, salarios y contrataciones: información que no aparece completa

Otro de los puntos observados por Municipios Argentinos es la ausencia de información pública sistematizada sobre la planta de personal, las remuneraciones y la cantidad de empleados municipales. Estos datos permiten conocer la composición de la estructura administrativa y evaluar cuánto representan los salarios dentro del presupuesto.

La evaluación también registró información parcial sobre compras y contrataciones, mientras que las adjudicaciones quedaron calificadas como no encontradas. Aunque el Boletín Oficial contiene resoluciones vinculadas con distintos procedimientos administrativos, la plataforma no identificó una publicación sistematizada que permita consultar las contrataciones adjudicadas y sus condiciones.

La diferencia resulta relevante porque durante 2026 la Municipalidad impulsó concursos de precios para distintas obras de infraestructura, entre ellas la pavimentación de calle Enrique Angulo y la provisión de gas natural para las 37 viviendas del Barrio Progreso. La disponibilidad de información completa sobre cada procedimiento permitiría seguir desde el llamado y la presentación de ofertas hasta la adjudicación, la contratación y la ejecución de los trabajos.

La Carta Orgánica establece obligaciones de publicidad que alcanzan a los actos administrativos y al manejo de los recursos públicos. La existencia de publicaciones dispersas no necesariamente satisface los criterios de accesibilidad y actualización utilizados por el relevamiento, especialmente cuando se trata de información que debe encontrarse disponible de manera periódica.

El presupuesto 2027 deberá presentarse antes del 31 de octubre

El resultado del relevamiento se conoce cuando el Ejecutivo municipal debe preparar el presupuesto para el próximo ejercicio. El artículo 60 de la Carta Orgánica establece que el proyecto correspondiente a 2027 debe ingresar al Concejo Deliberante antes del 31 de octubre de 2026, acompañado por las estimaciones de ingresos, gastos y objetivos de gestión.

La disponibilidad de información sobre la ejecución de 2026 resulta necesaria para evaluar esas previsiones. Sin informes mensuales accesibles, los vecinos y concejales tienen mayores dificultades para comparar el presupuesto aprobado con los recursos efectivamente recaudados, los compromisos salariales, las contrataciones y las obligaciones financieras pendientes.

El próximo presupuesto deberá contemplar los gastos permanentes de funcionamiento, los acuerdos salariales vigentes y las necesidades de infraestructura municipal. También permitirá conocer qué previsiones financieras realiza el Ejecutivo después de un año en el que autorizó reiteradamente movimientos de recursos entre cuentas para afrontar el pago de haberes.

Mientras se aproxima esa presentación, la evaluación de Municipios Argentinos mantiene a Sarmiento con 20 puntos sobre 100, siete indicadores sin información pública localizada y una penalización por falta de ejecución presupuestaria. El artículo 64 de la Carta Orgánica establece un plazo máximo de 30 días para publicar los informes mensuales de ejecución y los movimientos de personal, documentación cuya disponibilidad constituye una obligación vigente de la administración municipal.

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