EPECh nació con fondos del ENRE: la maniobra legal que cambió el destino de una tasa pagada para controlar los servicios públicos
La Ley I N.º 815 autorizó al Ejecutivo provincial a utilizar total o parcialmente recursos del Ente Regulador de Servicios Públicos para integrar el capital de la nueva empresa energética. Se trata de fondos provenientes de una tasa creada para financiar tareas de fiscalización y control sobre prestadores y distribuidores, cuyo costo terminó alcanzando a los usuarios. El Gobierno consiguió respaldo legislativo para cambiar ese destino, pero la discusión que queda abierta es hasta dónde una ley posterior puede transformar recursos afectados a una finalidad específica en capital de una sociedad estatal.
La creación de Energía Pública del Chubut S.A.U. no significó solamente la aparición de una nueva empresa provincial con presidente, vicepresidente, directores y amplias facultades para intervenir en generación, transporte, distribución y comercialización de energía. Detrás de su constitución existe una decisión menos difundida y con consecuencias económicas concretas: el Gobierno de Ignacio Torres obtuvo autorización legislativa para utilizar recursos pertenecientes al Ente Regulador de Servicios Públicos como parte del financiamiento de EPECh.
El mecanismo quedó escrito en la propia Ley I N.º 815. Su artículo 23 facultó al Poder Ejecutivo a disponer, total o parcialmente, de los recursos previstos en la Ley I N.º 196 para integrar el capital de la nueva sociedad estatal. Esa referencia normativa conduce directamente al régimen financiero del ENRE, un organismo autárquico creado para regular, fiscalizar y controlar distintos servicios públicos provinciales.
No se trataba de recursos sin afectación determinada ni de una partida ordinaria del Tesoro provincial. Entre las principales fuentes de financiamiento del organismo se encuentra la Tasa de Fiscalización y Control, abonada por generadores, transportistas, distribuidores y prestadores sometidos a regulación. La razón de ese cobro era concreta: sostener económicamente al ente que debía controlar a quienes prestaban esos servicios y garantizar su funcionamiento con un grado de independencia respecto del poder político.
El propio Estado provincial defendió durante años esa lógica. Cuando se reglamentó el funcionamiento del organismo, se argumentó que el autofinanciamiento resultaba necesario para preservar su independencia, transparencia e imparcialidad. La tasa fue vinculada a la facturación de los prestadores y en distintas localidades terminó incorporándose, directa o indirectamente, al costo afrontado por los usuarios de los servicios públicos.
Del control a una empresa energética
El cambio llegó en mayo de 2025. La Legislatura aprobó la creación de EPECh y autorizó que aquellos recursos pudieran utilizarse para capitalizar la empresa. De esa forma, dinero recaudado bajo un esquema diseñado para sostener actividades de fiscalización y regulación quedó legalmente disponible para una finalidad diferente: financiar una sociedad estatal dedicada a desarrollar y comercializar proyectos energéticos.
La decisión no fue adoptada de manera aislada. En la misma jornada legislativa también se aprobó la intervención del ENRE, se dispuso una auditoría sobre su funcionamiento y se ordenó avanzar en el cobro de acreencias pendientes correspondientes a la tasa que alimentaba sus cuentas. Mientras el Gobierno cuestionaba el funcionamiento del organismo y tomaba su administración, conseguía simultáneamente autorización para utilizar sus recursos en la conformación de EPECh.
Dos meses después apareció otro dato significativo. En julio de 2025, mediante el Decreto 768/2025, el Ejecutivo incorporó aproximadamente $1.739 millones adicionales al presupuesto del ENRE debido a que la recaudación de recursos específicos había superado las previsiones iniciales. Meses más tarde, cuando EPECh quedó formalmente constituida, la empresa fue inscripta con un capital social inicial de $1.000 millones.
Hasta el momento no aparece públicamente un documento que permita afirmar que esos $1.000 millones provinieron íntegramente de aquellos recursos del ENRE. La ley autorizaba esa posibilidad y el Gobierno había anticipado públicamente que parte de esos fondos serían orientados hacia proyectos energéticos, pero para establecer el recorrido exacto del dinero todavía debe conocerse la transferencia, el asiento contable o el acto administrativo mediante el cual se integró efectivamente el capital de la empresa.
¿Cambio legal de destino o utilización indebida?
La discusión jurídica aparece precisamente en ese punto. El Código Penal contempla la malversación cuando un funcionario da a caudales públicos una aplicación diferente de aquella a la que estaban destinados. Sin embargo, en este caso existe una particularidad que impide sostener automáticamente esa figura: antes de utilizar esos recursos, el Gobierno impulsó y consiguió la aprobación de una ley que habilitó expresamente el cambio de destino.
Ese paso legislativo puede dificultar un eventual encuadre penal, pero no elimina el cuestionamiento sobre la naturaleza de los fondos. Una tasa no funciona jurídicamente igual que un impuesto general. Su cobro se justifica por la existencia de una actividad estatal determinada y los recursos obtenidos deben guardar relación con esa finalidad, especialmente cuando se presentan ante los usuarios y prestadores como necesarios para financiar un organismo de regulación y control.
Por eso la discusión no debería reducirse a determinar si la Legislatura tenía facultades formales para modificar una ley anterior. La cuestión central es si podía desafectar recursos generados por una tasa específica y trasladarlos a una sociedad comercial estatal sin alterar la causa que justificó originalmente el cobro.
Las cooperativas ocupan además un lugar inevitable dentro de esa discusión. Forman parte del sistema eléctrico provincial, están alcanzadas por distintos esquemas de regulación, representan a miles de usuarios y durante años convivieron con una tasa destinada a financiar al organismo que debía controlarlas. No existe una norma que les otorgue poder de veto sobre una decisión de la Legislatura, pero eso es distinto de analizar si hubo participación, consulta o discusión previa con los actores que integran el sistema y sostienen económicamente parte de ese esquema.
Una empresa nueva sobre recursos ya existentes
EPECh fue presentada como una herramienta destinada a recuperar capacidad provincial sobre el negocio energético y promover inversiones que reduzcan la dependencia de generación costosa, especialmente en localidades del interior. Su primera intervención relevante conocida fue el proyecto fotovoltaico de Paso de Indios, cuyo contrato fue firmado en agosto de 2026 por más de US$5,4 millones.
Pero antes de comenzar a mostrar obras concretas, la empresa recibió una estructura jurídica y financiera amplia. Fue constituida con $1.000 millones de capital, puede administrar, generar, transportar y comercializar energía y cuenta con un directorio integrado por cinco miembros, entre ellos Ramiro Outeda, actual subsecretario de Información Pública del Gobierno provincial.
La discusión sobre EPECh, por lo tanto, no pasa solamente por evaluar qué obras ejecutó desde su nacimiento. También obliga a reconstruir cómo se conformó su patrimonio, qué recursos recibió y qué actores tomaron las decisiones que permitieron trasladar dinero afectado originalmente al control de los servicios hacia una empresa que pasó a ser protagonista del mismo mercado energético.
Hay un documento que puede terminar de ordenar toda esa historia: el acto mediante el cual se integraron efectivamente los $1.000 millones de capital inicial de EPECh. Allí debería quedar establecido qué cantidad provino del ENRE, si existieron otras fuentes de financiamiento y bajo qué mecanismo se transfirieron los recursos.
Ese dato permitiría pasar de la autorización legislativa a la ejecución concreta de la operación y establecer hasta dónde llegó, en números reales, el cambio de destino que el Gobierno consiguió aprobar en la Legislatura.
