SARMIENTO: LA OBRA DE PAVIMENTO DE ENRIQUE ANGULO QUEDÓ A LA ESPERA DE UN DICTAMEN LEGAL TRAS RECIBIR UNA SOLA OFERTA
La Comisión de Preadjudicación evaluó la propuesta presentada para pavimentar una cuadra de la calle Enrique Angulo y remitió el expediente a Asesoría Legal antes de resolver la contratación. La ordenanza municipal exige un mínimo de dos presupuestos para obras de esta escala, aunque existen antecedentes de adjudicaciones con una sola oferta y dictámenes jurídicos favorables. El mismo contratista obtuvo al menos seis obras municipales bajo esa modalidad entre 2021 y 2025. El nuevo pronunciamiento deberá determinar cómo continúa el concurso, cuyo presupuesto oficial supera los $73 millones.
La Comisión de Preadjudicación del Concurso Privado de Precios Nº 02/2026, convocado por la Municipalidad de Sarmiento para pavimentar una cuadra de la calle Enrique Angulo, celebró el jueves 15 de octubre su primera reunión. El encuentro se desarrolló a las 10 de la mañana y estuvo destinado a evaluar la documentación presentada durante la apertura de sobres del viernes anterior, cuando se constató que solamente una de las tres empresas invitadas había presentado una propuesta económica.
La comisión estuvo integrada por el presidente del Concejo Deliberante, Rubén Camarda, y los concejales César Cuffoni, Lucas Gognat y Paola Aguiar. En representación del Departamento Ejecutivo participaron el secretario de Gobierno, Gustavo Correa; la secretaria de Hacienda, Celina López; y el secretario de Obras Públicas, Javier Curin. Durante la reunión se analizaron los antecedentes administrativos del procedimiento y se resolvió remitir las actuaciones a Asesoría Legal y Técnica antes de avanzar con una definición.
El concurso tuvo su apertura de sobres el 9 de octubre. WV Construcciones, de Walter Viroche, fue la única firma que presentó una oferta, mientras que Carlos Camargo y Hernán Antelo, también invitados a participar, no acercaron propuestas. El llamado había sido autorizado mediante la Resolución Municipal Nº 811/26, del 29 de septiembre, para ejecutar la pavimentación de la calle Enrique Angulo entre 21 de Junio y Lavalle, correspondiente a la progresiva 200-300 del sector 4.
La resolución estableció un presupuesto oficial de $73.566.000 e imputó preventivamente los recursos necesarios al Bono Compensación del artículo 73, inciso a, de la Ley XVII Nº 102. Se trata de fondos hidrocarburíferos destinados a financiar obras de infraestructura, cuya utilización quedó prevista desde la convocatoria del concurso. El procedimiento contempla la ejecución de una cuadra de pavimento y forma parte de las intervenciones de infraestructura vial proyectadas por el Municipio.
La ordenanza exige dos presupuestos y la comisión pidió intervención jurídica
La decisión de solicitar un dictamen legal está vinculada con las disposiciones del régimen municipal de compras y contrataciones. La Ordenanza Nº 024/21, modificatoria de las ordenanzas 049/12 y 004/20, establece que para contrataciones cuyo valor estimado no supere los 1.200.000 módulos municipales deben requerirse como mínimo dos presupuestos, mientras que para montos superiores la exigencia asciende a tres.
El módulo municipal vigente durante 2026 fue fijado en $90 mediante la Ordenanza General Impositiva Nº 001/26. Por lo tanto, el límite de 1.200.000 módulos equivale a $108 millones. El presupuesto oficial de la obra de Enrique Angulo representa aproximadamente 817.400 módulos, por lo que queda comprendido en la franja para la cual la normativa exige un mínimo de dos presupuestos.
Con una sola propuesta recibida, la comisión decidió remitir el expediente al secretario de Asuntos Legales y Técnicos, Hansel Yalil Bravo, para determinar el alcance de esa exigencia y las condiciones bajo las cuales puede continuar el procedimiento. La evaluación deberá considerar tanto las disposiciones de la ordenanza como las invitaciones cursadas, la documentación presentada y las condiciones establecidas en el pliego.
La Carta Orgánica Municipal también regula estos procedimientos. Su artículo 57 exige que las contrataciones respeten principios de publicidad, selección objetiva, igualdad de oportunidades y libre concurrencia. La norma establece además que las contrataciones que no se ajusten a las pautas previstas en ese artículo son nulas de nulidad absoluta, por lo que el cumplimiento de las condiciones legales forma parte de la evaluación previa a cualquier adjudicación.
Viroche obtuvo al menos seis adjudicaciones anteriores con una sola oferta
La participación de WV Construcciones como único oferente tiene antecedentes dentro de la propia Municipalidad de Sarmiento. Entre 2021 y 2025, Walter Viroche obtuvo al menos seis adjudicaciones de obras municipales en procedimientos donde también se registró una única propuesta, según resoluciones publicadas en los boletines oficiales.
En 2021, la empresa obtuvo la pavimentación de dos cuadras de calle Rivadavia por $4.673.600. Durante 2022 recibió la adjudicación de la primera etapa del canal evacuador de avenida Colonos Sudafricanos, por $5.632.850, y de dos cuadras de pavimento en calle Sarmiento, por $7.566.680. En 2023 fue adjudicataria de trabajos de cordón cuneta y cartelería en el barrio Las Cañitas, por $15.805.000.
Los antecedentes continuaron en 2024, cuando la Municipalidad adjudicó a Viroche la pavimentación de dos cuadras de calle 28 de Julio por $27.096.000. En marzo de 2025 volvió a resultar adjudicatario de tres cuadras de pavimento en avenida 13 de Diciembre y Felipe Chilo, mediante una contratación de $104.688.000. En ambos procedimientos también se había presentado una sola propuesta económica.
Los importes corresponden a los valores originales de cada contratación. Los antecedentes documentan una participación reiterada de Viroche en obras de pavimentación e infraestructura municipal y permiten comparar cómo se resolvieron concursos anteriores frente a una circunstancia que vuelve a presentarse en el expediente de Enrique Angulo.
Los dictámenes anteriores permitieron avanzar con las adjudicaciones
La principal diferencia entre el concurso actual y algunos de los procedimientos anteriores está en la etapa administrativa alcanzada. En las contrataciones de 2022, 2024 y 2025, la Municipalidad contó con dictámenes jurídicos antes de resolver las adjudicaciones, pese a que las respectivas aperturas habían registrado una sola oferta.
En 2022, el Concurso Nº 16/22 para pavimentar dos cuadras de calle Sarmiento contó con el Dictamen Legal Nº 32/2022. La documentación municipal señala que habían sido invitadas tres empresas y que solamente WV Construcciones presentó una propuesta. La obra fue posteriormente adjudicada con financiamiento del Bono Compensación hidrocarburífero.
En 2024, la Resolución Nº 393/24 adjudicó a Viroche la pavimentación de calle 28 de Julio después de la intervención de Asesoría Legal mediante el Dictamen Nº 05/24. La Comisión de Preadjudicación analizó la presentación y recomendó avanzar con la contratación, criterio que posteriormente fue adoptado por el Ejecutivo municipal.
Una situación similar se registró en marzo de 2025. Mediante la Resolución Nº 219/25, la Municipalidad adjudicó tres cuadras de pavimento por $104.688.000, luego de que solamente Viroche respondiera a las invitaciones cursadas. El procedimiento contó con el Dictamen Legal Nº 04/25 y también fue financiado mediante recursos del Bono Compensación.
Estos antecedentes muestran que la administración municipal ya resolvió favorablemente otros concursos con una única oferta después de recibir asesoramiento jurídico. Sin embargo, las resoluciones de adjudicación no permiten establecer por sí solas todos los fundamentos utilizados en aquellos dictámenes, cuya comparación con el pronunciamiento solicitado ahora permitirá determinar si existe continuidad en la interpretación de la normativa.
El nuevo dictamen deberá definir cómo continúa el concurso
La Comisión de Preadjudicación deberá esperar el pronunciamiento de Asesoría Legal antes de avanzar con una recomendación sobre la propuesta de WV Construcciones. El análisis deberá precisar cómo se aplica la exigencia de dos presupuestos establecida por la Ordenanza Nº 024/21 y qué alcance corresponde otorgar a las invitaciones realizadas a las empresas que finalmente no presentaron cotizaciones.
Existe además un antecedente de un procedimiento que fue dejado sin efecto por observaciones jurídicas. En noviembre de 2021, la Municipalidad anuló el Concurso Privado de Precios Nº 14/2021 mediante la Resolución Nº 968/21, después de que Asesoría Legal identificara incumplimientos relacionados con los plazos de aviso y las condiciones de presentación de sobres. Aquella decisión respondió a irregularidades procedimentales diferentes de la cantidad de ofertas recibidas en el concurso actual.
La Ordenanza Nº 024/21 también establece que el Concejo Deliberante debe participar en los procesos de adjudicación de concursos privados de obras y servicios públicos mediante un representante de cada bloque político. Esa intervención quedó reflejada en la reunión del jueves, con la presencia de cuatro concejales junto a los funcionarios municipales encargados de evaluar el expediente.
El pronunciamiento solicitado a Hansel Yalil Bravo será el próximo antecedente administrativo del Concurso Nº 02/2026. Su contenido permitirá conocer si la Municipalidad mantiene el criterio aplicado en adjudicaciones anteriores con una sola oferta o si considera necesario adoptar otro procedimiento para la pavimentación de Enrique Angulo, una obra presupuestada en $73.566.000 y financiada con recursos del Bono Compensación hidrocarburífero.
