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La Justicia condenó a la Provincia del Chubut a pagar más de 159 millones de pesos a la Cooperativa de Sarmiento por la energía del acueducto



La Justicia de Sarmiento dictó sentencia definitiva en favor de la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento Limitada (COOPSAR) y ordenó a la Provincia del Chubut pagar más de 159 millones de pesos más intereses por la energía eléctrica utilizada en el funcionamiento del acueducto Jorge Carstens, que abastece de agua potable a Sarmiento, Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Caleta Olivia.

El fallo, firmado el 7 de noviembre de 2025 por el juez Gustavo Miguel Ángel Antoun, pone fin a una disputa judicial que se extendió durante casi ocho años y que expuso la grave situación económica e institucional que la Cooperativa atravesó por el incumplimiento de la Provincia. El magistrado consideró acreditado que COOPSAR fue quien asumió el pago de la energía comprada a CAMMESA —la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico— para garantizar el funcionamiento del sistema, pese a que la obligación de pago correspondía al Estado provincial según lo establece la Ley I N° 545 y el Contrato de Concesión firmado en noviembre de 2013.

En su resolución, el juez Antoun determinó que el Gobierno de Chubut debía hacerse cargo de la deuda acumulada por los consumos eléctricos impagos, además de los intereses generados hasta el efectivo cumplimiento. El fallo hace hincapié en que la falta de pago por parte del Estado produjo un “enriquecimiento sin causa”, ya que la Provincia se benefició del servicio prestado por COOPSAR sin abonar su costo. “Quien consume o utiliza un bien ajeno sin sufragar su valor —sostiene el fallo— violenta prerrogativas esenciales del derecho de propiedad”, advierte el texto judicial.

El proceso judicial tuvo como trasfondo una serie de conflictos que pusieron a COOPSAR al límite. Entre 2024 y 2025, la institución atravesó uno de los períodos más críticos de su historia: la Municipalidad de Sarmiento intentó avanzar de manera unilateral con la prestación del servicio eléctrico a costo cero mediante la Resolución N° 1049/2023; CAMMESA impulsó embargos y medidas judiciales por falta de pago; y la Provincia, a través de la Subsecretaría de Trabajo y Asociativismo, llegó a solicitar la intervención judicial de la Cooperativa y el desplazamiento de sus autoridades.

En ese contexto, la conducción de COOPSAR desplegó múltiples gestiones ante organismos locales, provinciales y nacionales, con federaciones cooperativas, representantes gremiales y autoridades políticas, intentando sostener el servicio y defender la estabilidad institucional. Ninguna de esas instancias logró frenar el deterioro económico ni los embates políticos. Fue finalmente el Poder Judicial, tanto en el ámbito provincial como nacional, el que puso límite al conflicto y reconoció la validez del reclamo cooperativo.

La sentencia del juez Antoun remarca que la Provincia no podía ampararse en la falta de un contrato formal para evadir una obligación impuesta por ley, ya que el suministro de energía al acueducto constituye un servicio público esencial que no puede interrumpirse sin afectar a miles de usuarios. El fallo también destaca que los funcionarios provinciales eran plenamente conscientes de la situación y de la obligación estatal, pero mantuvieron una postura omisiva durante años, empujando a la Cooperativa a un escenario de endeudamiento crítico con CAMMESA.

La resolución judicial fue recibida en Sarmiento como un reconocimiento al esfuerzo sostenido por la Cooperativa y su comunidad. Luego de años de incertidumbre, el pronunciamiento de la Justicia confirma que COOPSAR actuó conforme a derecho, garantizando la continuidad de un servicio vital para toda la región, incluso en los momentos de mayor adversidad.

El fallo, que condena a la Provincia del Chubut al pago de más de 159 millones de pesos más intereses, sienta un precedente de alto impacto institucional y marca el cierre de una etapa de litigios prolongados, ratificando el principio de que el Estado debe cumplir con las obligaciones que la ley le impone para asegurar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

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