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Seitune y la causa por fraude: reclaman las actas del Concejo que frenó su desafuero

La investigación por maniobras con fondos municipales tuvo un condenado, mientras Fiscalía señalaba que el intendente se amparaba en sus fueros para no enfrentar el juicio. Tres concejales quieren conocer cómo se votó el desafuero de 2016 y qué se informó después a la Justicia. Hoy el enjuiciamiento no requiere autorización política previa y el paso de los años tampoco permite dar por prescripta la causa, porque el ejercicio de un cargo público puede mantener suspendido ese plazo.

Jennifer Passerini y Gustavo Bahamonde, del Partido del Trabajo y del Pueblo, y Octavio David Jara, de la Alianza Por la Libertad Independiente Chubutense, pidieron acceder a los antecedentes del desafuero del intendente de Tecka, Jorge David Seitune. La presentación, recibida el 2 de septiembre de 2026, reclama las actas, los votos y las comunicaciones judiciales de un trámite que, según los firmantes, no consiguió la mayoría necesaria para aprobarse. Detrás de ese pedido hay una causa por defraudación contra la Municipalidad, una condena y años de demoras que Fiscalía había cuestionado públicamente.

Los antecedentes judiciales se remontan a hechos de 2003 y 2004. En septiembre de 2012, el Ministerio Público Fiscal informó que Seitune, Marcos Santiago Canales y Ricardo John Griffiths habían sido investigados por presuntas defraudaciones, uso de documentación pública adulterada y asociación ilícita. Un tribunal sobreseyó a Canales y Griffiths por la duración del proceso, decisión que Fiscalía recurrió ante el Superior Tribunal de Justicia. Respecto del intendente, el organismo señaló que se había amparado en sus fueros para no someterse al juicio y que el Concejo había rechazado un pedido judicial de desafuero.

El recurso fiscal permitió avanzar y, en diciembre de 2014, Griffiths fue condenado mediante un juicio abreviado a dos años de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Reconoció su responsabilidad por fraude contra la administración municipal y uso de instrumento público adulterado. Al informar la sentencia, Fiscalía señaló que Seitune todavía no había podido ser llevado a juicio porque “se ampara en sus fueros”. La condena correspondió a Griffiths; aquella comunicación no informó una sentencia contra el intendente.

Los hechos por los que fue condenado Griffiths incluyeron pagos por el bacheo de la Ruta 40 con facturación que no había sido emitida por la persona a cuyo nombre se tramitaba, con un lucro indebido de $22.391. Otra maniobra, por $28.583, involucró pagos de mano de obra para edificios y obras municipales realizadas por otras personas, entre ellas beneficiarios de planes estatales que cumplían horas en el municipio. Son valores nominales de aquella época, correspondientes a los hechos detallados por Fiscalía al comunicar la condena.

El escrito presentado ahora ante el presidente del Concejo, Heraldo Valdebenito, identifica la Comunicación Procesal N.º 4803/2016, mediante la cual se había requerido el desafuero de Seitune. Los concejales sostienen que fue sometido a consideración del cuerpo y “no alcanzó la mayoría necesaria para su aprobación”. Solicitan las actas completas, los dictámenes, el resultado de la votación y los votos individuales, si quedaron registrados. También piden la resolución adoptada y la constancia de su envío a la Justicia, documentos que permitirían identificar quiénes acompañaron el requerimiento, quiénes lo rechazaron y qué fundamentos dejaron escritos.

Los firmantes quieren reconstruir, además, qué ocurrió después de aquella decisión. Durante 2016, la Ley XVI N.º 96 modificó el artículo 111 de la Ley de Corporaciones Municipales y estableció que los intendentes sometidos a procesos penales no tendrían otras inmunidades que las previstas en la Constitución provincial. La presentación pregunta si, después de ese cambio, llegaron comunicaciones judiciales sobre la continuidad de las actuaciones, si se solicitó otra intervención del Concejo o si existe algún requerimiento pendiente de respuesta o cumplimiento.

La reforma de fueros impulsada por Ignacio Torres también alcanza al régimen aplicable a las autoridades municipales. Fue aprobada en el referéndum del 26 de octubre de 2025 y promulgada definitivamente el 7 de noviembre, mediante el Decreto 1389/2025. El artículo 248 vigente establece que iniciar, tramitar y llevar a juicio una causa penal contra integrantes electivos de los municipios no requiere autorización previa de otro poder. Además, una condena confirmada por un tribunal de alzada puede ejecutarse sin desafuero del Concejo, aunque queden recursos extraordinarios pendientes.

El tiempo transcurrido tampoco alcanza para concluir que la causa haya prescripto. El artículo 67 del Código Penal establece que la prescripción de los delitos cometidos en el ejercicio de la función pública se suspende para todos sus participantes mientras cualquiera de ellos desempeñe un cargo público. Si esa disposición resulta aplicable al expediente y Seitune permaneció en funciones sin interrupciones, los años alcanzados por la suspensión no se computarían para completar el plazo. Su aplicación concreta exige revisar la imputación, la legislación correspondiente y las resoluciones judiciales.

También debe considerarse el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, una cuestión diferente del cómputo de la prescripción. La duración del proceso ya había motivado los sobreseimientos de 2012, luego recurridos por Fiscalía. Por eso, la antigüedad de los hechos no permite dar automáticamente por extinguida la acción penal, y la permanencia en el cargo tampoco demuestra que el expediente siga abierto. Entre las fuentes públicas consultadas para este informe no se encontró una resolución que confirme el estado judicial actual de Seitune.

Los concejales solicitaron la documentación dentro de veinte días hábiles desde la recepción de la nota. Si algún antecedente no puede localizarse, pidieron que se informe por escrito si fue archivado, remitido a otro organismo o trasladado, con las constancias necesarias para reconstruir su recorrido. Aclararon que no formulan una nueva imputación penal y sostuvieron que su condición de representantes de la minoría no debe impedirles acceder a los registros del cuerpo que integran. El pedido comprende tanto los votos del desafuero de 2016 como las respuestas que el Concejo envió a la Justicia y los requerimientos que recibió después.

Fuentes consultadas

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