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Río Mayo: el Ejército avanza con zanjas y árboles sobre el histórico acceso vehicular a la costa

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El Batallón de Ingenieros Mecanizado 9 realiza esta semana trabajos con maquinaria vial sobre el ingreso a la margen oeste del río Mayo que fue utilizado durante años por vecinos y pescadores. El camino había sido cerrado de manera permanente en agosto de 2025 después de un episodio de disparos que no habría generado una denuncia formal ante la Policía. Ahora se incorporaron zanjeos, álamos y estructuras que impiden físicamente la circulación, mientras un plano oficial vinculado al mismo sector registra 9.796 metros cuadrados bajo la denominación “calle pública”.

El acceso a la margen oeste del río Mayo ubicado inmediatamente después del puente de la Ruta Nacional 40 está siendo modificado mediante trabajos que buscan impedir definitivamente la circulación de vehículos. Durante esta semana se observó maquinaria vial trabajando sobre el sector, con movimientos de suelo y zanjeos, además de la colocación de álamos aprovechando las tareas de poda realizadas recientemente en la localidad. En el mismo ingreso también se levantó una estructura de mampostería y permanece instalada cartelería del Ejército Argentino que identifica el lugar como “Zona Militar – Prohibido Pasar”.

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Las fotografías actuales tomadas desde el puente permiten ubicar los trabajos sobre el terreno y compararlos con imágenes satelitales anteriores, donde todavía puede reconocerse con claridad la traza vehicular que comenzaba junto a la Ruta 40 y continuaba hacia la costa, bordeando parte de las instalaciones militares. Ese camino fue utilizado durante años por vecinos que ingresaban en vehículos para pescar o permanecer junto al río, antes de que las restricciones comenzaran a intensificarse y terminaran, durante 2025, con una disposición expresa del Batallón que prohibió definitivamente el ingreso por ese sector.

El 19 de agosto de 2025, el Batallón de Ingenieros Mecanizado 9 comunicó oficialmente el “cierre permanente del camino interno ubicado sobre la margen oeste del Río Mayo, dentro de la jurisdicción militar”. La medida fue fundamentada en un episodio ocurrido dos noches antes, cuando, según la gacetilla institucional, se detectó el uso de armas de fuego en proximidades de puestos de guardia. El comunicado agregó que la vía también había sido utilizada para actividades de caza furtiva y sostuvo que el tránsito por el lugar representaba un riesgo para los centinelas, las instalaciones militares y las personas que pudieran ingresar al sector.

Río Mayo 1935 investigó posteriormente aquel episodio y pudo establecer mediante consultas realizadas a fuentes oficiales que los disparos mencionados en la comunicación militar no habrían derivado en una denuncia formal ante la Policía. La información obtenida entonces indicaba que las detonaciones habrían provenido de un establecimiento rural lindante al predio militar, donde personas con armas registradas realizaban tareas de control de depredadores antes del ingreso de hacienda ovina. La ausencia de una denuncia policial no significa que los disparos no hayan existido, pero forma parte de los antecedentes de una decisión que fue presentada desde el comienzo como permanente y que actualmente se está llevando al terreno mediante obstáculos físicos.

Las restricciones sobre ese acceso tampoco comenzaron con la gacetilla de agosto de 2025. Durante la pandemia ya se habían producido cierres temporales relacionados con actividades desarrolladas por el Batallón, aunque posteriormente el paso volvía a quedar disponible. En aquellos años también surgieron conversaciones entre autoridades militares y la gestión municipal encabezada por Alejandro Avendaño para generar una alternativa de acceso mediante una servidumbre, pero esa posibilidad no habría llegado a formalizarse. Después del cierre permanente dispuesto en 2025, el antiguo camino continuó siendo motivo de reclamos porque constituía uno de los ingresos utilizados históricamente para alcanzar la margen oeste del río.

A esos antecedentes se suma ahora documentación catastral correspondiente al sector. El Plano de Mensura N.º 7143, expediente P-189-80, establece las superficies de las fracciones R1 y R2 y computa separadamente una superficie de 97 áreas y 96 centiáreas, equivalentes a 9.796 metros cuadrados, identificada expresamente como “CALLE PÚBLICA”. La Fracción R1 posee 25 hectáreas, 59 áreas y 57 centiáreas, mientras que la Fracción R2 alcanza las 85 hectáreas, 25 áreas y 35 centiáreas. La calle pública aparece diferenciada de ambas dentro del cuadro oficial de superficies de la mensura.

El expediente P-189-80 continuó siendo utilizado décadas después como antecedente territorial por la propia Municipalidad de Río Mayo. La Ordenanza N.º 2318/2022, publicada en el Boletín Oficial Municipal, identifica al Polígono 6 como “Circunscripción 2, Sector 2, Fracción R2, Ejército Argentino” y establece expresamente que comprende el polígono correspondiente al expediente P-189-80 del Comando en Jefe del Ejército. La referencia municipal de 2022 permite vincular directamente la delimitación actual del sector militar con el mismo expediente en cuyo plano figura la superficie denominada calle pública.

La documentación disponible todavía no permite afirmar que el camino que esta semana está siendo zanjeado y ocupado con álamos sea exactamente la calle pública identificada en el Plano 7143. Para establecerlo es necesario ubicar geográficamente ambos trazados, comparar la mensura con la plancheta catastral vigente y determinar si posteriormente existió alguna modificación, desafectación o nuevo acto administrativo que haya cambiado la condición de aquella superficie. Esa comprobación resulta necesaria porque el Ejército calificó desde 2025 al acceso como un “camino interno”, mientras que el antecedente catastral utilizado también por el Municipio contiene una calle pública dentro de la mensura correspondiente al sector.

Los trabajos que se realizan actualmente modificaron materialmente un ingreso que hasta años recientes podía recorrerse con vehículos. Las imágenes muestran maquinaria vial, zanjeos, álamos colocados sobre la antigua traza y una estructura de mampostería, mientras el cartel militar mantiene la prohibición de paso hacia la costa. La determinación jurídica del lugar depende ahora de documentación concreta: la plancheta catastral actual, cualquier acto de desafectación de la calle pública registrada en 1980, los antecedentes dominiales de la Fracción R2 y la delimitación de la línea de ribera realizada por el organismo hídrico provincial.

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