a

EPECH: energía, telecomunicaciones y el corrimiento del poder que pone en discusión la viabilidad del modelo cooperativo

La creación de Energía Pública del Chubut S.A.U. (EPECH) introduce un cambio que excede la organización del sistema eléctrico. El objeto social aprobado no sólo habilita a la empresa a intervenir en la generación, el transporte y la distribución de energía, sino que también incorpora la posibilidad de desarrollar servicios vinculados a las comunicaciones y gestionar las licencias necesarias. Ese detalle amplía el alcance del debate y lo desplaza hacia el control integral de los servicios.

En una primera lectura, el impacto parecía concentrarse en la energía y el agua, que constituyen el núcleo económico de las cooperativas. Sobre esos servicios se sostienen los ingresos, la estructura operativa y buena parte de las actividades complementarias. Sin embargo, la incorporación del componente de telecomunicaciones agrega otra dimensión, ya que introduce la posibilidad de intervenir también sobre uno de los servicios que en muchas localidades completa ese equilibrio.

Las cooperativas del interior no funcionan por áreas aisladas. Su lógica es combinada. Energía, agua y conectividad forman parte de un mismo esquema que permite sostener costos, personal e inversiones. La alteración de ese equilibrio no afecta un servicio puntual, sino el funcionamiento general de la entidad.

En localidades como Río Mayo, ese modelo es visible. La cooperativa articula la prestación de energía eléctrica, agua potable, internet y servicios sociales. Esa integración no es circunstancial: es la base que le da viabilidad. Si se modifican los servicios centrales, el impacto alcanza directamente a la estructura que los sostiene.

El marco normativo no bloquea ese proceso. La Ley de Corporaciones Municipales establece que los municipios son titulares de los servicios públicos y que pueden prestarlos directamente o delegarlos. En Río Mayo, la Ordenanza N° 1939/15 formaliza esa delegación en la cooperativa, pero mantiene en el municipio el control, la regulación y la facultad de redefinir el esquema. 

Esa diferencia es determinante. La cooperativa administra, pero no es propietaria del servicio. La titularidad permanece en el Estado, que puede modificar las condiciones de prestación dentro del marco legal vigente. La concesión, además, tiene plazos y obligaciones que refuerzan su carácter transitorio.

Desde ese punto de partida, la aparición de EPECH puede leerse como una reorganización del sistema más que como una ruptura. Actúa sobre una estructura que ya contempla la posibilidad de redefinir quién presta y bajo qué condiciones. En esa lógica se inscribe también la discusión sobre una eventual tarifa plana provincial, que trasladaría la decisión tarifaria a un nivel superior.

El eje, entonces, se desplaza. Un sistema que funcionaba con lógica local comienza a responder a una estructura más concentrada. Las decisiones dejan de tomarse en el ámbito comunitario y pasan a integrarse en un esquema de alcance provincial.

Ese corrimiento tiene efectos directos sobre las cooperativas. El primero es económico: si pierden el control de los servicios que sostienen su funcionamiento, su capacidad de financiamiento queda comprometida. El segundo es operativo: su rol puede reducirse a la ejecución local sin incidencia en la definición del sistema.

En ese punto aparece un interrogante que atraviesa toda la discusión. Si la cooperativa pierde los servicios que le dan sustento, ¿es viable sostener una estructura con consejo de administración, personal y costos operativos para administrar un único servicio de alcance limitado? La pregunta no es teórica. Remite a una ecuación económica concreta que, en muchos casos, deja de cerrar.

A partir de ahí, los escenarios posibles se ordenan en función de esa tensión. Una continuidad como operador, con menor margen de decisión; una reducción a servicios complementarios, con impacto en la sustentabilidad; o una reconfiguración más profunda, donde la estructura cooperativa queda desbordada por el nuevo esquema.

La cuestión laboral se inscribe en ese mismo cuadro. El personal de las cooperativas está vinculado en gran medida a la prestación de los servicios centrales. Una modificación en ese esquema obliga a definir cómo se absorbe, se redistribuye o se sostiene esa estructura. Ese punto, por ahora, no tiene una definición pública.

Los usuarios tampoco quedan al margen. Su condición formal de socios no se traduce en capacidad de incidencia sobre las decisiones estructurales, y ese margen tiende a reducirse a medida que el sistema se concentra.

El cooperativismo, en ese movimiento, no desaparece. Pero deja de ocupar el lugar que tuvo. Puede subsistir, adaptarse o replegarse, pero pierde el rol que organizaba el sistema.

La creación de EPECH, leída en ese marco, no agrega sólo una empresa. Reordena el sistema de servicios en la provincia y redefine quién decide, cómo se prestan los servicios y qué lugar queda para las estructuras que históricamente los sostuvieron.

Compartir:
Puntuar Este Artículo