Escritor y músico comodorense denunció penalmente al presidente Milei por ultraje a la bandera argentina
Ignacio Stankewitsch presentó una denuncia ante la Justicia Federal de Comodoro Rivadavia luego de que Javier Milei republicara en su cuenta oficial de X una imagen de la bandera argentina con el Sol de Mayo reemplazado por la Estrella de David. El denunciante sostiene que la conducta encuadra en el artículo 222 del Código Penal y pidió que, en caso de comprobarse el delito, se aplique la pena máxima prevista, teniendo en cuenta la investidura presidencial.
El escritor y músico comodorense Ignacio Stankewitsch presentó una denuncia penal contra el presidente de la Nación, Javier Gerardo Milei, ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Comodoro Rivadavia, a cargo de la jueza federal Eva Parcio de Seleme. La presentación fue ingresada por Mesa de Entradas de la Fiscalía Federal y solicita que se investigue la posible comisión del delito de ultraje público a la bandera nacional.
La denuncia tiene como origen un repost realizado por Milei desde su cuenta oficial y verificada de la red social X. La publicación original mostraba una imagen modificada de la bandera argentina en la que el tradicional Sol de Mayo había sido reemplazado por la Estrella de David, acompañada por la leyenda en inglés “Argentina’s new flag”.
En su presentación judicial, Stankewitsch sostiene que el hecho denunciado no constituye una mera expresión política o una utilización ornamental de la bandera nacional, sino un acto que podría encuadrar en el delito previsto en el artículo 222 del Código Penal argentino, que sanciona el ultraje público a los símbolos patrios.
“Vengo en legal tiempo y forma a formular denuncia penal contra el Presidente de la Nación Argentina, Javier Gerardo Milei, por el delito de ultraje público a la bandera nacional, previsto y reprimido por el artículo 222, último párrafo, del Código Penal de la Nación”, expresa el escrito presentado ante la Justicia Federal.
Uno de los principales argumentos desarrollados en la denuncia es que no se trató simplemente de una bandera argentina sin el Sol de Mayo, supuesto que la legislación contempla en determinados usos protocolares y ornamentales, sino de la sustitución deliberada de uno de los elementos esenciales del símbolo patrio por un emblema asociado al Estado de Israel.
En ese sentido, el denunciante sostiene que “el acto no consistió en una mera omisión del Sol de Mayo”, sino en “la sustitución activa y deliberada del emblema nacional por el símbolo de un país extranjero”, circunstancia que, a su criterio, configura un acto de menosprecio y banalización pública de la bandera argentina.
La presentación dedica varios apartados a fundamentar jurídicamente la acusación. Allí se cita el artículo 222 del Código Penal, que prevé penas de prisión para quienes ultrajen públicamente la bandera, el escudo o el himno nacional, y la Ley 23.208, que establece el uso oficial de la bandera argentina con el Sol de Mayo como parte integrante del emblema nacional.
Stankewitsch argumenta que la legislación vigente admite determinados usos ornamentales del paño nacional, pero no contempla la sustitución de uno de sus elementos distintivos por símbolos pertenecientes a otros Estados o vinculados con determinadas identidades nacionales o religiosas.
Otro de los puntos centrales de la denuncia está relacionado con la investidura presidencial. El denunciante solicita expresamente que dicha condición sea considerada como un agravante en caso de comprobarse el delito, al entender que el Presidente de la Nación es el máximo representante institucional del país y el principal garante del respeto hacia los símbolos patrios.
“Javier Milei no es un particular. Es el Presidente de la Nación, jefe del Estado y titular del Poder Ejecutivo Nacional”, señala el escrito, agregando que la publicación cuestionada fue realizada desde una cuenta oficial con alcance masivo y vinculada directamente con su investidura presidencial.
Asimismo, la denuncia sostiene que las inmunidades previstas para el Presidente de la Nación no impiden el desarrollo de una investigación penal, por lo que solicita que la Justicia Federal impulse las medidas necesarias para determinar las circunstancias del hecho denunciado.
Entre las medidas probatorias solicitadas, Stankewitsch acompañó capturas de pantalla de la publicación realizada en la red social X y requirió que se preserve la evidencia digital correspondiente. También pidió que se libre oficio a la plataforma para obtener los metadatos de la publicación, incluyendo fecha, hora y autenticidad del contenido difundido, además de la realización de las pericias informáticas que eventualmente resulten necesarias.
Finalmente, el denunciante solicitó que la Justicia Federal tenga por formulada la denuncia penal, ordene las medidas de investigación pertinentes y que, en caso de acreditarse la comisión del delito denunciado, se aplique la pena máxima prevista por el Código Penal.
La presentación judicial pone ahora en manos de la Justicia Federal de Comodoro Rivadavia el análisis de los argumentos expuestos y la determinación de si la conducta denunciada constituye o no un presunto ultraje público a la bandera argentina conforme a la legislación vigente.
