Hughes fulmina el proyecto de reelecciones indefinidas: “Es definitivamente inconstitucional”
Mientras la Legislatura del Chubut se prepara para debatir el proyecto de ley que propone habilitar las reelecciones indefinidas para intendentes, concejales y jefes comunales de municipios sin Carta Orgánica, el ex presidente del Superior Tribunal de Justicia y presidente de la Comisión Redactora de la reforma constitucional de 1994 difundió un duro dictamen en el que sostiene que la iniciativa vulnera el sistema republicano, contradice la Constitución Nacional, la Constitución del Chubut y la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, afirma que la Legislatura debería abstenerse de tratar una norma que, a su criterio, “no superará el test de constitucionalidad”.
El proyecto de Ley N.º 081/26 propone modificar la Ley XVI N.º 46 —antigua Ley de Corporaciones Municipales— y la Ley XVI N.º 105 para eliminar el límite de mandatos de intendentes, concejales y jefes comunales en aquellas localidades que no cuentan con Carta Orgánica propia o que no establecieron restricciones a la reelección. La iniciativa quedó incorporada al temario legislativo y reabrió una discusión que ya tuvo pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que ahora suma una de las opiniones jurídicas de mayor peso institucional en la provincia.
Edgardo Rubén Hughes, ex presidente del Superior Tribunal de Justicia del Chubut y presidente de la Comisión Redactora de la reforma constitucional de 1994, abrió su dictamen con una definición que atraviesa todo el documento. “Las reelecciones indefinidas son absolutamente opuestas al sistema republicano de gobierno, a la Constitución Nacional, su correlato provincial, y cuestión ya resuelta en tal sentido por la Corte Suprema de Justicia Nacional. Definitivamente inconstitucional. En la Provincia del Chubut y cualquier otra, en la República Argentina”, sostiene al fijar su postura frente al proyecto que impulsa la Legislatura.
Desde esa premisa desarrolla un análisis en el que afirma que la propuesta pretende instaurar un sistema de reelecciones ilimitadas mediante la modificación de dos leyes provinciales. Aclara que quedarían excluidos los municipios que cuentan con Carta Orgánica propia y no hayan incorporado ese mecanismo, pero entiende que aun en esos casos el debate excede la autonomía municipal porque compromete principios constitucionales que alcanzan a toda la organización republicana del país.
“No superará el test de constitucionalidad”
Presidente de la Comisión Redactora de la reforma constitucional que dio origen al actual texto de la Constitución del Chubut, Hughes sostiene que la limitación temporal de los mandatos constituye uno de los principios esenciales del sistema republicano. A partir de esa definición recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya resolvió esa discusión en distintos precedentes y sostiene que el proyecto impulsado en la provincia desconoce esa doctrina.
En su análisis remite a los fallos dictados en los casos San Juan, Santa Fe y Río Negro, aunque coloca el eje de su planteo en el precedente “Confederación Frente Amplio Formoseño c/ Provincia de Formosa s/ Amparo”, al que define como el caso más claro y trascendente sobre la materia. Recuerda que allí la Corte resolvió la compatibilidad entre la reelección indefinida prevista por una constitución provincial y el sistema republicano que las provincias están obligadas a garantizar conforme a los artículos 5 y 123 de la Constitución Nacional.
Desde esa doctrina concluye que el proyecto chubutense “no superará el test de constitucionalidad” porque la Corte Suprema ya estableció que las provincias no pueden apartarse de los principios republicanos bajo el argumento de su autonomía institucional. Incluso advierte que, antes de su eventual sanción, “debería analizarse también en la materia penal, para el supuesto de cometerse tal exceso”, al considerar que la incompatibilidad constitucional resulta manifiesta.
Hughes incorpora además otro pasaje del máximo tribunal para reforzar su posición. Recuerda que la Corte sostuvo que “las pautas constitucionales y los derechos por ella reconocidos no pueden sufrir menoscabo que importe aminorar sus atributos nucleares, a punto tal de desnaturalizarlas y dejarlas vacías de contenido”, razonamiento que considera plenamente aplicable al proyecto de reelecciones indefinidas que analiza la Legislatura provincial.
“Permite acumular ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”
El dictamen también desarrolla el impacto institucional que, según Hughes, tendría la eliminación de los límites a la reelección. Para ello vuelve sobre el fallo de la Corte Suprema en el caso Formosa y reproduce uno de sus considerandos más relevantes.
“Lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien está en el ejercicio del poder acumule —tras varios mandatos sucesivos— ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”, cita del pronunciamiento del máximo tribunal para sostener que la permanencia indefinida en los cargos termina favoreciendo injustamente a quienes ya ejercen el poder y rompe el equilibrio que caracteriza al sistema republicano.
A partir de ese criterio afirma que la reelección indefinida “atenta contra el principio democrático” y sostiene que esa situación ya pudo observarse en distintos procesos políticos donde se alteraron los principios básicos de la República. Según su análisis, permitir mandatos ilimitados genera ventajas incompatibles con la igualdad que debe existir entre quienes participan de una elección.
El ex presidente del Superior Tribunal aclara que su postura no implica impedir que un dirigente vuelva a competir por un cargo público. Por el contrario, sostiene que cualquier ciudadano puede volver a postularse respetando los límites previstos por la Constitución. Lo que cuestiona es la eliminación de toda restricción temporal mediante una ley ordinaria, ya que entiende que ello también contradice compromisos internacionales asumidos por la República Argentina, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“La Legislatura debería abstenerse de tratar el proyecto”
Hacia el final del documento, Hughes dirige un mensaje directo a la Legislatura del Chubut. Afirma que el proyecto coloca el eje de su fundamentación en la autonomía provincial sin advertir que esa autonomía encuentra límites claros en la Constitución Nacional y en la jurisprudencia de la Corte Suprema. También cuestiona que la iniciativa invoque antecedentes judiciales que considera superados, entre ellos el caso “Rivademar”, para justificar una reforma de semejante alcance institucional.
Su conclusión vuelve a ser categórica. “La distinguida Legislatura, por lo que vengo manifestando, debería abstenerse incluso de tratar dicha norma”, escribe al considerar que el proyecto nace en contradicción con el sistema constitucional vigente. A su entender, discutir el tipo de mayoría necesaria para su aprobación pierde sentido cuando el contenido de la iniciativa resulta incompatible con principios que ninguna ley puede modificar.
El cierre del dictamen resume el eje de todo su planteo. “No tiene sentido hablar de mayoría simple ni absoluta. Ninguna autoridad tendrían ni todos los legisladores contestes para generar una norma inconstitucional”, concluye Hughes, dejando planteado un debate que excede la discusión política sobre las reelecciones y que, de avanzar el proyecto, probablemente terminará trasladándose al ámbito judicial.
