Revés judicial para la conducción del Concejo de Sarmiento: la Procuración dictaminó la suspensión de las autoridades
En un dictamen de alto impacto institucional, el Ministerio Público Fiscal de Chubut respaldó el reclamo de un grupo de concejales y consideró que las designaciones del presidente y vicepresidente del cuerpo deben quedar sin efecto de manera inmediata. El caso ahora está en manos del Superior Tribunal de Justicia.
SARMIENTO. – La crisis política en el Concejo Deliberante de Sarmiento sumó un capítulo de definiciones legales que podría cambiar el tablero de mando local. La Procuración General de la Provincia emitió el Dictamen nro. 001/2026, en el cual aconseja declarar la nulidad preventiva de las autoridades elegidas a finales del año pasado, al considerar que el conflicto ha vulnerado el orden institucional del municipio.
La disputa se originó tras las sesiones preparatorias del 23 y 29 de diciembre de 2025. En ese marco, se dictaron las resoluciones 35/2025, 36/2025 y 37/2025, que consagraron a los concejales Rubén Alberto Camarda y Eloy Antonio Dorado como Presidente y Vicepresidente del cuerpo. Sin embargo, la movida fue judicializada por los ediles César Martín Fernández, Micaela Judith Quiroga, César Walter Cuffoni, Ana del Carmen Reyes y Paola Natalia Aguilar, quienes denunciaron irregularidades en el proceso y exigieron la anulación total de los actos.
Un «Conflicto de Poderes» en la mira
El fiscal Marcos Germán Fink, a cargo del dictamen, fue contundente al encuadrar la situación bajo la figura de «conflicto de poderes», según lo establece el artículo 179 de la Constitución del Chubut. Para la fiscalía, no se trata de una mera diferencia de criterios, sino de una afectación directa al sistema republicano y al desenvolvimiento legítimo de los órganos de gobierno.
El documento resalta que la intervención del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en estos casos es de carácter «especialísimo», actuando como juez de constitucionalidad para restablecer la vigencia de la ley cuando se impide a los concejales el ejercicio de sus cargos o se invaden facultades ajenas.
Suspensión inmediata
La conclusión del Ministerio Público Fiscal es determinante: propicia que se declare admisible el trámite y que se disponga la suspensión de los efectos de los actos cuestionados. Según el dictamen, la ley provincial establece que la sola admisión de este tipo de conflictos conlleva la suspensión de la ejecución de las disposiciones controvertidas (Art. 124 de la Ley XVI N° 46).
Con este respaldo legal fechado el 23 de enero de 2026, la conducción del Concejo de Sarmiento queda en una posición de extrema debilidad institucional, a la espera de que el máximo tribunal provincial dicte la sentencia definitiva que ordene el esquema de poder en la localidad.
